La
Junta local de 1ª. enseñanza de La
Orotava, en sesión[2]
celebrada el 22 de julio de 1880, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, Don
Francisco Urtusáustegui, se da por enterada de un oficio que le remite la Junta
provincial para su informe.
Después
de haber tomado conocimiento con marcado disgusto de su contenido, previa
deliberación acerca de él, se acordó que el señor Presidente signifique á la
Junta provincial que en la desatenta comunicación de D. Diego García de la
Vega, Maestro de la escuela de niños del barrio de San Juan de esta Villa, se
observa falta de educación por parte del funcionario ya referido y poco respeto á sus
superiores, principios que no deben ser olvidados por un profesor digno; que
las observaciones anotadas por esta Junta en los acuerdos referentes á exámenes
de 1879 eran fundadas y han surtido sus efectos, porque en los exámenes del
corriente año, se ha observado una asistencia y adelanto en los discípulos que
dirige el señor García de la Vega, como así resulta del acta levantada en 19 de
Junio último.
Como el
citado profesor indicaba en su misiva a la provincial que en los pueblos por
donde había ejercido ha dado pruebas sobradas de buen maestro, le indica la
junta local que eso no significa sino que en otros lugares ha trabajado con
constancia, como aquí en su primer año. Cosa que no hacía últimamente, ya que
no realizaba con prontitud los requerimientos que se le efectuaban, como, por
ejemplo, la clasificación de los niños de su escuela, por lo que la junta no
había llevado a cabo la consignación de las retribuciones a satisfacer por los
escolares. Y le recuerda, por último, que ni siquiera había pasado a recoger el
libro de visitas, como lo han hecho los
demás maestros.
De dos
años más tarde trata el “expediente instruido en virtud del oficio del Maestro
de la escuela de San Juan, por el que señala al Cura de dicha feligresía sus
atribuciones en materia de enseñanza”. Volvía a la palestra el Sr. García de la
Vega[3].
Dirigido
al alcalde orotavense, y signado con el número 24 de la sección de 1ª.
enseñanza, con el número 249 de registro de entrada en el ayuntamiento, el
maestro en cuestión le indica, en atento oficio de fecha 22 de Agosto de 1882,
se sirva significar al cura lo siguiente:
1º. Que el Decreto del 26 de Febrero de 1875
está derogado.
2º. Que la circular del 3 de Marzo de 1881
recomienda eficazmente se favorezca la investigación científica, sin oponer
obstáculo, bajo ningún concepto, al libre,
entero y tranquilo desarrollo del
estudio, ni fijar á la actividad del Profesor en el ejercicio de sus elevadas
funciones, otros límites que los que señala el derecho común á todos los
ciudadanos; creyendo además el Gobierno, indispensable anular limitaciones
que pesan sobre la enseñanza, orijinadas (sic) de
causas que afortunadamente han desaparecido.
3º. Que el Profesor es el llamado á enseñar
la asignatura de Religión y Moral, no señalándosele para ello libro de texto ni
programa, con arreglo á la Circular que antecede.
De lo contrario acudiré á mis Autoridades
Superiores en demanda de los derechos que la Legislación del
ramo me concede.
Al día
siguiente, 23 de agosto, el alcalde transcribe el contenido del oficio al Sr.
Cura-Párroco, para que le indique las causas que han dado origen a la
comunicación del profesor.
Con
fecha 6 de septiembre[4],
registro de entrada número 298, la pertinente, y extensa, respuesta del cura de
la Parroquia de San Juan…
(continuamos mañana)
[1] Había tomado posesión de la escuela de niños
de San Juan ante la Junta local de instrucción, en la sesión celebrada el 1 de
octubre de 1878 (A.M.O., Libro de actas de la Junta..., Legajo número 2
(1841-1899). Su anterior titular, D. Juan Bello Rodríguez, había renunciado el
13 de julio de 1878 debido a su mal estado de salud. En dicha acta se puede
leer: A la vez hizo presente al nuevo Maestro tratase con dulzura á los
niños sin perjuicio de correjirles (sic)
con la severidad necesaria en caso de insubordinación encareciéndole
principalmente cuide de inculcar á sus discípulos sanos principios de moral
cristiana base principal en la cual ha de descansar toda sociedad bien
ilustrada. El Maestro por su parte ofreció estar atento á tan oportunas
indicaciones; si bien la práctica que tiene en el magisterio ha señalado la
conducta que debe observar en cumplimiento de sus deberes con relación á la
escuela como en la Sociedad. Se hacía efectivo así el nombramiento
realizado por el Director General de Instrucción Pública, Agricultura e
Industria el 12 de septiembre de 1878.
[2] A.M.O. Libro de actas..., Instrucción
pública, Villa de la Orotava, 1880.
[3] A.M.O. Expediente..., instrucción
pública, Villa de la Orotava, 1882
[4] Forma parte, también, del mismo expediente
señalado con anterioridad.
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