Mostrando entradas con la etiqueta Escuela. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Escuela. Mostrar todas las entradas

jueves, 3 de febrero de 2022

238. ¡A la escuela! (y 2)

(Es continuación del relato de ayer)

La medida adoptada por el Sr. Gobernador, que consideramos digna de todo encomio, producirá sin duda alguna los mas satisfactorios resultados. Preciso es, cuando la ignorancia se revela contra el dominio de la ilustración, reducirla a la impotencia aun cuando para ello sea necesario emplear la fuerza y el castigo. La ley, benéfica y previsora, hace obligatoria la Educacion de la infancia con el doble objeto de formar ciudadanos probos, conocedores de sus múltiples deberes religiosos, individuales y sociales, y fundamentar sobre base segura y estable la felicidad doméstica. Cuando las masas hayan adquirido el grado de civilización que nuestros gobernantes vienen preparando desde largos años, la estadística criminal quedará ciertamente reducida á bien escasas dimensiones, pues preciso es confesar que la mayor parte de los delitos que se cometen no reconocen otro origen que la falta de educación.

Empéñense, pues, los Alcaldes, Juntas locales y Profesores, en que se lleve á cabo lo prescrito por la autoridad: convenzan á los padres sobre la utilidad que resultará á sus hijos, y tal vez ellos mismos, de enviarles á las escuelas; cuídese con todo esmero de remitir mensualmente, según esta prevenido, las listas nominales de asistencia a la Junta provincial á fin de que esta corporación, pueda adoptar con oportunidad las determinaciones que juzgue conveniente; desplegue, en fin, cada uno en el circulo de sus atribuciones un incansable celo en el cumplimiento de su deber, y la pública enseñanza alcanzará bien pronto en esta diseminada Provincia el grado de esplendor que ostenta en otras mas favorecidas por la fortuna”.

Y, en consonancia con lo argumentado anteriormente, la circular gubernamental:

“Encargado de velar constantemente por que se cumplan en todas sus partes las prescripciones de la ley de 9 de setiembre de 1857, á fin de que la Instruccion pública, elemento principal del bienestar de los pueblos, adquiera el desarrollo que su importancia reclama, faltaria á la sagrada mision que me está confiada si no procurase por cuantos medios se hallan a mi alcance, que este interesante ramo de la Administración pública produzca los satisfactorios resultados que el Gobierno de S M. tiene derecho á esperar. Resuelto me hallo, por lo tanto, á adoptar todas las medidas oportunas á fin de que la enseñanza de la juventud llegue á alcanzar entre nosotros el mayor grado de perfección para lo cual, sin ningún género de contemplaciones, abordaré de frente, apoyado en la ley, cuantas dificultades contrarien el objeto que me propongo. Una de las principales, según me ha informado la Junta provincial del ramo, es sin duda la escasa concurrencia á las escuelas primarias que se advierte en muchas localidades, cuya falta necesita ser prontamente reprimida, pues de otro modo el mal iría agravándose de dia en dia, ofreciendo, por consiguiente, mas dificultades su remedio. La mayor parte de los pueblos de esta Provincia cuentan ya con establecimientos públicos para la enseñanza de la niñez, y deber es de la autoridad el procurar que los beneficios que proporcionen correspondan á los sacrificios que para su sostenimiento se están haciendo.

Los padres de familia, primeros interesados en que sus hijos adquieran la conveniente educación á fin de que un dia puedan ocupar un honroso puesto en la sociedad, son los que en general, mas desatienden la sagrada obligación en que se encuentran de enviarlos á las Escuelas. Contra tan punible descuido, hijo de la mas crasa ignorancia, consigna la ley vigente en sus articulos 7º., 8º. y 9º. prescripciones, de cuya observancia serán responsables á este Gobierno los Alcaldes, Juntas locales, profesores de Instruccion primaria, padres de familia y tutores ó encargados; en la parte que á cada uno corresponda.

Los artículos á que me refiero, y que he dispuesto insertar en este periódico oficial, para que sean cumplimentados á la mayor brevedad posible, son los siguientes:

Art. 7º.  La primera enseñanza elemental es obligatoria para todos los españoles. Los padres y tutores ó encargados enviaran á las Escuelas públicas á sus hijos y pupilos desde la edad de 6 años hasta la de 9; á no ser que les proporcionen suficientemente esta clase de instrucción en sus casas ó en establecimiento particular.

Art. 8º. Los que no cumplieren con este deber, habiendo escuela en el pueblo ó á distancia tal que puedan los niños concurrir á ella cómodamente, serán amonestados y compelidos por la Autoridad, y castigados en su caso con la multa de 2 á 20 rs.

Art. 9º. La primera enseñanza elemental se dará gratuitamente en las Escuelas públicas á los niños cuyos padres, tutores ó encargados no puedan pagarla, mediante certificación expedida al efecto por el Cura párroco y visada por el Alcalde del pueblo.

Santa Cruz de Tenerife 21 de Enero de 1862.—Diego Vázquez”.

-------------

Por mi parte, nada que añadir. Algo ha cambiado desde aquel entonces. Incluso en poner alguna tilde más. Cuánto costaba componer con tipos de plomo. Y se echa en falta un acuerdo –ay, políticos–, un pacto de estado (ya que tanto les gusta la denominación), para que la EDUCACIÓN sea algo más que una pelota de pimpón al albur del gobierno de turno.

miércoles, 2 de febrero de 2022

237. ¡A la escuela! (1)

Varios años después de la desaparición de El Instructor (1852-1856), surge El Auxiliar, periódico de instrucción primaria, dirigido en una de sus tres etapas, como ya aclaramos en anteriores entradas de este blog, por Juan de la Puerta Canseco, y puede definirse como pionero en su vocación de orientar, informar y contribuir a la formación de los maestros canarios, superando el aislamiento insular y la dispersión de los centros. Difundía asuntos de interés profesional (bibliografía de textos escolares, congresos y líneas del pensamiento pedagógico) y de carácter administrativo (vacantes, oposiciones, novedades legislativas, salarios, etc.), fomentando la difusión de ideas y el debate. Veía la luz los días 2, 12 y 22 de cada mes (decenal) y se maquetaba en la Imprenta de la viuda e hijos de don Vicente Bonnet.

Del ejemplar número 10 (año II), correspondiente al 2 de febrero de 1862 (solo 160 años atrás) nos ha parecido interesante reproducir dos pasajes de sus ocho páginas para que los estimados seguidores –que los hay, le pese a quien le pese– se puedan hacer una idea de cómo podría ser la escuela en aquella época en que la instrucción primaria se regía por la Ley de 9 de septiembre de 1857 (la denominada ley Moyano: Claudio Moyano y Samaniego, impulsada durante el Bienio Progresista por el Partido Moderado y que constituyó el fundamento del ordenamiento legislativo en el sistema educativo español durante más de cien años). Como ahora, vamos.

“Sección doctrinal. Importante es por muchos conceptos, y de trascendentales consecuencias para la Instrucción pública de esta Provincia, la circular inserta con el número 18 en el Boletín del 24 del mes último, cuya circular hemos trasladado llenos de satisfacción al lugar correspondiente de nuestro número de hoy. En ella, según verán nuestros lectores, el Sr. Gobernador civil, escitado por el deseo que le anima de dar á la enseñanza popular un desarrollo que esté en consonancia con las exigencias de la época que atravesamos, ordena de un modo preciso y terminante, se lleve á cabo por quien corresponda, y á la mayor brevedad posible, lo prevenido en los artículos 7º., 8º. y 9º. de la Ley de 9 de Setiembre de 1857. Mucha falta hacia que se adoptasen medidas enérgicas sobre este interesante particular, y mucho agradecemos también á nuestra autoridad superior y á la Junta provincial del ramo hayan fijado en él su atención, puesto que es el único medio de dar á la Instruccion de la niñez la amplitud necesaria para que surta los efectos apetecidos. Pocos son los pueblos de esta Provincia en donde no haya Escuelas primarias sostenidas por los municipios, siquiera sean incompletas en su mayor parte, y aun aquellos que carecen de tan útiles establecimientos procurando están con empeño su instalación, pues ya no se les esconden, por más que intereses mezquinos pongan a veces una tupida venda sobre sus ojos, que ha de proceder de ellos su bienestar futuro, el mejor porvenir á que puedan aspirar. Empero si todos reconocen las ventajas que la Instrucción reporta á la sociedad en general y á las familias y á los individuos en particular, sensible es que todavía haya padres de familia, desgraciadamente en considerable número, que dejándose dominar por un cálculo mal entendido, por vergonzosa apatia, ó por un punible abandono, descuiden el alimento intelectual de sus hijos, privándoles así quizás de alcanzar en el mundo una brillante posición desde la cual pudieran prestar inmensos servicios á su patria y conciudadanos. Toda censura es poca para tales padres: Dios, la naturaleza, el amor á sus familias les ha impuesto la sagrada obligación de velar incesantemente por aquellos que les deben el ser, y en vano intentarian faltar á ella de un modo absoluto sin que la conciencia se lo reprobase como el mas espantoso crimen. Y decimos de un modo absoluto, por que muchos padres creen cumplir la mision de tales con solo afanarse para proporcionar á sus hijos el diario sustento y un trage de mas ó menos abrigo, mas ó menos costoso y decente. Si á estos se propusiese el abandono de semejante obligacion, mirarian seguramente horrorizados al que tuviera la avilantez de aventurar tan inicua insinuacion.

Y sin embargo, aunque no debiera interesarles menos, ven con indiferencia crecer en la ignorancia y la estupidez, es decir, sin facilitarles la savia del alma, á las débiles plantas, tiernos pedazos de sus entrañas, que acaso son algunos desvelos por su parte, llegará un dia en que ademas de ostentarse árboles robustos y frondosos, enriquecieran al mundo con sus abundantes y sazonados frutos. ¡De cuántos males es causa tan lamentable error!

Repetidas veces nos hemos ocupado de este mismo asunto, y al estimular a los padres para que cumplan con la grandiosa, noble y santa misión que les está confiada, no nos ha guiado otra idea que la de cooperar con nuestras escasísimas fuerzas á la obra predilecta del siglo en que vivimos, á la regeneración social.

(finalizamos mañana)

miércoles, 19 de enero de 2022

227. Educación de la mujer

Controvertido tema a través de la historia. También en la más reciente. Algo tengo recopilado por ahí, en la gaveta de los recuerdos. Pero hoy, ahora, me tropiezo con un artículo, a modo de editorial, en el periódico conservador y tinerfeñista, ligado al Partido Liberal, La Opinión, dirigido por don Policarpo Niebla, que en su ejemplar de 19 de enero de 1912 [justo 110 años atrás], año XXXIV, número 5814, y en su primera página, insertaba este contenido que reproduzco bajo el título que un servidor ha utilizado para esta entrada del blog. Helo aquí:

“Apenas nacida la Escuela del Hogar ya tiene detractores. No es necesario decidir ahora si tal como ha sido creada es ya perfecta. Si lo fuese sería excepción entre todas las instituciones humanas, y aun entre las cosas divinas, ya que ni el mismo Creador Supremo hizo al hombre de primera intención ni de golpe y porrazo, sino después de haber creado las plantas, los peces, los animales cuadrúpedos, todos los seres, en suma.

Pero perfecta ó no la Escuela del Hogar, nadie negará que como orientación representa un progreso evidente y definitivo hacia algo de que nuestro país estaba muy necesitado, en que, justo es decirlo, algunas Asociaciones beneméritas habían suplido una deficiencia del Estado.

No diremos que con lo hecho antes por esas Sociedades ni con lo hecho ahora por el Estado quede plenamente satisfecha esa necesidad, y, simultáneamente, resuelto el problema social que la educación de la mujer entraña; pero nadie puede negar que antes estaba menos satisfecha y menos resuelta esa necesidad y ese problema, ni que es más fácil perfeccionar para su función un órgano ya creado que crear de golpe y porrazo, hecho y derecho, un órgano nuevo.

No faltará quien pida para educar á la mujer escuelas superiores, como no falta quien pida Institutos de segunda enseñanza; pero quien tal pida no demostrará con ello conocer mejor el problema que se trata de resolver: no son escuelas superiores ni Institutos de segunda enseñanza femeninos los que necesitamos: una y otra cosa existen en nuestro país desde el momento en que está de hecho establecida la coeducación y las mujeres pueden asistir, y asisten, con el mismo derecho que los hombres á Institutos y Facultades: lo que se necesitaba crear era una escuela, ó, mejor, muchas escuelas de artes y oficios femeninos. De aquellas artes y de aquellos oficios que la mujer está admitida á ejercer en nuestro país, y que son, por tanto, los que pueden darla el pan cuando necesite ganarlo.

Claro está que sería mejor transformar nuestro estado social de manera que la mujer tuviese acceso á mayor número de profesiones; pero ni ésta es labor legislativa, sino consuetudinaria, ni en ella pueden hacer nada ni el ministro de Instrucción pública ni el Gobierno entero.

Para modificar las costumbres de un país hace falta mucho más que una ley, y cuando no se trata, como ahora, de materia legislable, mucho más.

En este sentido la Escuela del Hogar, escuela de artes y oficios femeninos y de economía doméstica, es un gran paso, puede realizar un fin inmediatamente práctico y no es obstáculo para que puedan establecerse enseñanzas más intensas ni para que la mujer pueda asistir á otros Centros donde se la brinda con superior cultura.

En este sentido la labor del partido liberal merece aplauso: el Gobierno actual ha abierto la cátedra á la mujer estableciendo en la Escuela Superior del Magisterio la igualdad absoluta entre los catedráticos de uno y otro sexo. Establecido el principio, nada puede impedir que haya profesoras en los Institutos ni en las Facultades universitarias, y como, de otro lado, ya no sorprende á nadie ver muchachas ó señoritas entre los escolares masculinos en ningún género de enseñanzas, las cosas van disponiéndose ya del mejor modo para que algún día quede realizada la transformación social que todos anhelamos, y que no puede ser en modo alguno función completa y exclusiva de la Escuela del Hogar”.

Me limito a recordar que hablamos (escribimos) de 1912. Ante nosotros, bien nítida, la perspectiva histórica y un poco más de un siglo de luchas y, quizás, demasiada legislación. Porque en este país hemos pecado, desde siempre, de un exceso normativo. Y escaseado de una labor consuetudinaria, como párrafos atrás se indicaba. Por mi parte, el poner sobre el tapete el objeto de la discusión, objetivo cumplido. Queda abiertos los periodos de lectura y reflexión. Hasta mañana.

viernes, 14 de enero de 2022

224. Juan de la Puerta Canseco (y 3)

También extraemos otras notas al respecto de nuestro trabajo Prensa y Educación en el Norte de Tenerife:

Pedro Maffiotte, autor del artículo “Instrucción Pública”, que publicó El Amigo del País, Santa Cruz de Tenerife, año de 1866,  páginas 30 a 32, abogaba no sólo por que se exigiera como libro de texto en las escuelas, sino que debía hallarse en manos de todos. Aporta algunas indicaciones a su autor para que incluya, en una posible segunda edición, otras páginas que versen acerca de monumentos arquitectónicos, fortificaciones, caminos y otras estadísticas que puedan considerarse de interés.

Añade que se encuentra el Sr. de la Puerta trabajando en un compendio de la Historia de las Islas Canarias, cuya falta se está dejando sentir entre la juventud estudiosa. Es probable que con su auxilio pueda adquirirse idea cierta de nuestro pasado y ser preámbulo de otras lecturas más extensas de aquellos historiadores que se han ocupado de escribir sobre Canarias.

Y concluye que no hay excusa para no tener el tratado aludido, pues su módico precio está al alcance de todas las fortunas, sirviendo, insiste, de manual y de consulta. Con ello, se lograría hacer desaparecer los infinitos errores que diariamente se cometen cuando se habla y escribe de nuestro país dentro y fuera de España.

Y esa “Historia de Canarias, arreglada á las escuelas elementales y superiores”, obra de nuestro querido amigo, el Sr. D. Juan de la Puerta Canseco, es cordialmente felicitada por El Auxiliar, en su edición de 15 de febrero de 1867, por el éxito obtenido en el concurso celebrado por la Sociedad Económica de Amigos del País de Santa Cruz de Tenerife, donde obtuvo el premio de medalla de plata. Por tal motivo, dicha Corporación recomienda a la Junta Provincial de Instrucción pública, para que ésta, si lo estima oportuno y lo considera justo, lo proponga como libro de texto en las escuelas de la provincia.

Al reproducir las líneas del colega y conceder mil parabienes al autor, nuestro distinguido amigo el Sr. Canseco, por la acogida que la obra ha tenido, y que a buen seguro obtendrá por el público en general cuando sea dada a conocer, El Time, Santa Cruz de la Palma, 2 de marzo de 1867, año IV, segunda época, número 177, página 2, en su sección de “Crónica isleña”, considera que con su aparición se podrá llenar un vacío importante en todo lo que se refiera a la instrucción histórica de las escuelas primarias. Algo que no le sorprende al periódico, por conocer algunas flores literarias, cuando su autor nos leyó los versos de algunas épocas...

El propio autor confesaba estas consideraciones acerca de su obra:

Sin aspiraciones de ningún género y guiado únicamente por los buenos deseos que me animan en pro de la educación de la niñez, doy á la prensa este tratadito, confiado en que, en gracia á la intención, las personas entendidas le acogerán con benévola indulgencia. Al escribirle,  he procurado recopilar con el mayor laconismo y claridad todas las circunstancias mas importantes de las Islas Canarias á fin de que los niños, á quienes está consagrado, encuentren pocas dificultades en su estudio. No creo haber satisfecho completamente la necesidad que la enseñanza experimental de un libro de esta especie, pues por el contrario abrigo la persuasión de aquel vacío solo podría llenarle una pluma mejor cortada que la mía (...). Si estas páginas sirviesen de alguna utilidad á la infancia, quedarán ampliamente recompensados los desvelos de El autor.

Y he aquí algunas de las cuestiones que el tratado reflejaba:

P: ¿Cuáles son las principales poblaciones de Tenerife? R: (entre otras) La Orotava -cuenta con 4 escuelas de primera enseñanza; Puerto de la Cruz -cuenta con tres escuelas primarias-; Icod -sin especificar el número alude a la existencia de escuelas públicas de instrucción primaria de ambos sexos.

Del mismo autor, la obra Nuevo sistema legal de Medidas, pesas y monedas precedido de unas breves nociones de aritmética decimal para uso de las escuelas primarias de uno y otro sexo. 6ª edición. Santa Cruz de Tenerife. Imprenta, Librería y Encuadernación de A. J. Benítez; San Francisco 9. 1886. Aprobada por R.O. de 28 de Febrero de 1857. Premiada con Medalla de Plata en la Exposición Provincial de Canarias 1882 y Regional de Cádiz, 1879, con la advertencia de que en todas las escuelas públicas ó particulares en que se enseñe o deba enseñarse la Aritmética ó cualquiera otra parte de las matemáticas, será obligatoria la del sistema legal de medidas y pesas y su nomenclatura científica, desde 1º de Enero de 1852, quedando facultado el Gobierno para cerrar dichos establecimientos siempre que no se cumpla con aquella obligación (artículo 11 de la Ley de 19 de Julio de 1849).

La Voz Icodense (Icod de los Vinos, 29-enero-1898, año I, número 18, página 3), al acusar recibo de atento B.L.M. del Sr. Canseco, adjuntando un ejemplar de la nueva edición de la obra citada, en el mismo taller tipográfico, hace una extensa reseña, de la que destacamos: Creemos que en todas las escuelas de nuestra provincia debiera adquirirse para que no se diera el caso, que en muchas ocasiones hemos presenciado con vergüenza, de que en las escuelas se conozca más la península española, Europa y el resto del Mundo, que los pueblos de nuestra provincia. Triste es confesarlo y aunque nos duela hemos de decirlo, porque oir la verdad no perjudica nunca, son muy pocos los niños que salen de nuestras escuelas y tengan más conocimiento de nuestra provincia que lo de ella dice la “Geografía Universal”, de Paluzie ú otro por el estilo. Apenas si saben que son siete habitadas y siete deshabitadas.

Acusa también recibo de la obrita Semanario de Orotava (29-enero-1898, año I, número 32, página 7), que manifiesta: No sólo viene á llenar un vacío en la instrucción de los niños, facilitando el conocimiento geográfico del archipiélago canario, sino que además, por el esmero con que está editada, los muchos é importantes datos que contiene y los buenos fotograbados que la ilustran es digna de figurar en toda biblioteca y ser conocida del público en general.

-------------

Como han podido comprobar, las ‘obritas’ del señor Canseco dieron mucho de sí y durante un periodo bastante largo. En la actualidad, muchos años después de aquellos aconteceres, nos entretenemos con un tal Almeida, que disimula su destacado complejo de inferioridad –basta una ojeada a su imponente figura–, y la aprobación de los presupuestos en el ayuntamiento madrileño a costa de una figura universal como es Almudena Grandes. Debe ser por el apellido. Y a ver si aprenden ciertos díscolos de cómo se las gastan algunos lobos disfrazados.

Hasta la próxima, a no ser que me vaya de vacaciones.

jueves, 13 de enero de 2022

223. Juan de la Puerta Canseco (2)

La pesca del salado merecía también alguna indicación mas marcada, supuesta su importancia, y el capital empleado de un millón de reales solo en esta ciudad.

Nuestra Catedral que es el primer edificio de la Provincia, y tal vez uno de los mejores de España, debiera tener cuatro ó seis renglones especiales.

Estas son indicaciones que accediendo á los deseos del Sr. Canseco, y de la lealtad é interés que nos anima, le dirijimos hoy, esperando reconozca nuestra leal intención.

De la lectura rápida que hoy hemos hecho de la citada obrita, también encontramos que la importancia comercial de Arrecife de Lanzarote, no está bajo su verdadero punto de vista. Parécenos que Arrecife es el tercer puerto comercial del Archipiélago, aunque en industria le esceda Sta. Cruz de la Palma.

Concluiremos hoy estas breves observaciones, repitiendo que son hechas con el mejor deseo de acierto, pues estamos persuadidos que las obras geográficas é históricas están sujetas á  involuntarios errores que solo el tiempo puede corregir.

Damos de nuevo las gracias al Sr. Canseco por su obra, que hemos leido con verdadero placer, y le deseamos toda la buena acogida que merece por su oportunidad, y por el deseo que revela en ella de instruir nuestra juventud isleña”.

Pero es que dos meses antes, 12 de noviembre de 1861, y en el número 2 del citado periódico de instrucción primaria (El Auxiliar), páginas 1, 2 y 3:

“Cumpliendo con lo que ofrecimos en nuestro penúltimo número y como prueba del aprecio que nos merecen las palabras de nuestro estimado colega El Guanche [Santa Cruz de Tenerife, periódico literario, científico, industrial, comercial y de intereses materiales, y que se posicionó de manera significativa en el denominado Pleito Insular por la causa tinerfeña, obviamente] reproducimos á continuación el art. que ha consagrado a la Descripción geográfica de las Islas Canarias, escrita por el Director de nuestro periódico. Agradecemos a El Guanche las frases lisongeras que dedica a una obra que no tiene otro mérito que el de haber venido a satisfacer una necesidad que se dejaba sentir en la enseñanza de la juventud Canaria.

El Sr. D. Juan de la Puerta Canseco nos ha favorecido con un ejemplar de la obrita que, con el titulo de DESCRIPCION GEOGRÁFICA DE LAS ISLAS CANARIAS, para uso de los niños, acaba de publicar en esta Capital.

Hemos leido con sumo gusto dicha obrita y no podemos dispensarnos de hacer presente á su autor nuestro mas sincero parabién, creyendo como creemos que será de utilidad para la niñez; por que las noticias que encierra son tan varias y curiosas que no podrán menos de llamar su atención. Ademas dicha obrita aunque no con toda la estencion que se hace necesaria, viene a llenar en parte el notable vacio de que nos resentiamos, pudiendo bastar las noticias y datos que presentan, para dar una idea de lo que es el archipiélago Canario; pais desconocido por mucha parte de los habitantes aun de la misma España, en atención sin duda á las inexactas apreciaciones y datos disparatados que sobre su situación geográfica, historia, población, riqueza, comercio, &. han estampado en sus obras muchos escritores célebres y de lo cual nos hemos ocupado en diferentes ocasiones, como también los demás colegas que se han publicado y se publican hoy en esta Provincia.

En la obrita de que nos ocupamos, a pesar de su corto volumen, se encuentran noticias muy curiosas relativas á la geografía y topografía de este pais, al número de islas habitadas y desiertas de que se forma, á su superficie, producciones, poblacion, habitantes, riqueza, historia, clima, producciones, agricultura, industria y comercio, instrucción, beneficencia, obispado, tribunales de justicia, partidos judiciales, distritos electorales, autoridades en los ramos de la administración publica, sus fuerzas militares, su marina, hechos heroicos, obras públicas, &. &., y ademas una reseña de los hombres célebres naturales de este Pais, á cuyos nombres late de entusiasmo patrio el corazón de todo buen Canario. Por eso repetimos, hemos leido con gusto la producción del Sr. Canseco; y creemos que encontrará entre nosotros la protección que se merece.

Restanos hacer una indicación hija tan solamente de nuestro amor á la enseñanza é ilustración de la juventud Canaria. Creemos que la Junta de instrucción pública, como la mas directamente interesada en la educación de los pueblos, y nuestra diputación provincial á la vez, deben recompensar los desvelos del Sr. Puerta Canseco consiguiendo que su obra, la mas exacta y apreciada hasta el día, tenga toda la mayor publicidad que sea posible, pues en ello se halla interesado el buen nombre de nuestra patria y la educación de sus hijos. Y esto fácilmente puede conseguirse gestionando por que la descripcion geográfica de las Islas Canarias, se declare obra de testo, con el fin de que sea por ella por la que se estudie en todos los establecimientos públicos y particulares de la provincia; la justicia y el deber, el amor á nuestro pais y el interés en favor de la ilustración de nuestra niñez, asi nos lo dicen y lo exigen. Llamen á la vista las corporaciones citadas el tratado de que nos ocupamos: ténganse presentes las diferentes obras llenas de inesactitudes que abundan en nuestros establecimientos de instrucción pública, y se convencerán que es una necesidad apremiante la realización del pensamiento que hemos presentado y que deseamos sea acojido. De esta manera el pais ganaría mucho y el Sr. Canseco veria recompensados sus esfuerzos en favor de la instrucción y del buen nombre de las Canarias”.

Nota: Curiosos etcéteras, cuando menos.

(finalizamos mañana)

martes, 11 de enero de 2022

221. Desde la Rambla

Como hoy me levanté con espíritu viajero, qué menos que darme un garbeo por los alrededores. Dicho y hecho. Aquí estoy, en San Juan de la Rambla, el pueblo vecino. Pero ha sido un recorrido en el tiempo. Y me trasladé 110 años atrás. Cuando en Gaceta de Tenerife, diario católico de información (año III, número 649), 11 de enero de 1912 (jueves), página 1:

“Desde la Rambla. La fiesta del 1º de Enero.

Día completo, por decirlo así, fué sin duda alguna, el primero de Enero del año 1912, para los católicos y hospitalarios hijos de este pintoresco pueblo.

En las primeras horas de la mañana, cuando el sol comenzaba á asomar por las altas colinas, ya se notaba animación por las calles y en las caras soñolientas de los que madrugan para aspirar el aire puro de las horas matutinas, se revelaba alegría por lo que iban á presenciar en aquel día.

A las 8 y media los alumnos de las escuelas nacionales de ambos sexos, con sus respectivos maestros, marcharon desde sus colegios á la Parroquia, con el fin de asistir á la gran comunión, donde recibirían muchos niños, por primera vez, el Pan de los Angeles.

Dijo el Santo Sacrificio de la Misa el Rvdo. P. Notario de S. Vicente de Paul, quien dirigió una elocuente plática á los pequeñuelos, poniéndoles algunos ejemplos de los niños amantes del Stmo. Sacramento para que los imitasen; luego se fueron acercando en correcta forma al Sto. Altar, con sus caritas risueñas, y sus almas inocentes y puras, siguiéndoles numerosas personas, para darles ejemplo. ¡Hermosísimo acto que no se borrará jamás de nuestros corazones! Así es como se educa á la niñez, dado que la ciencia sin religión es perjudicial á la sociedad.

El Templo, adornado con sus mejores galas teniendo á la derecha el elegante trono de la Sagrada Familia y á un lado y otro del presbiterio los pendones de las escuelas, con los colores nacionales, que se iban á bendecir, se encontraba ocupado por numerosos fieles, concurriendo también los escolares.

A las 11 comenzó la solemne función religiosa oficiando el dignísimo Sr. Cura Párroco D. Lorenzo Rodríguez, Coadjutor de Icod, D. Antonio Ruiz, y el P. Notario.

El sermón estuvo á cargo del referido Padre. No encuentro palabras suficientes para enaltecer el notable discurso pronunciado por el Sr. Notario. Con fácil palabra expuso lo que es la familia cristiana y los deberes de los hijos para con los padres y superiores; teniendo párrafos que cautivaron á los oyentes.

Una masa coral de niños cantaron la misa del maestro Battman bajo la inteligente batuta de D. Temístocles Díaz, con gran afinación y exquisito gusto.

Al finalizar, con asistencia de los dos sacerdotes antes citados, se bendijo solemnemente, por el Sr. Párroco, la bandera española de la escuela de niños y el estandarte de la de niñas, siendo los padrinos los niños Miguel Díaz y Francisco Fernández Oramas y las niñas Isabel Hernández Rodríguez y Carmen Oramas Castro.

A continuación se verificó la procesión general de la Sagrada Familia con acompañamiento del Clero, Autoridades Maestros, Hermandad del Santísimo y alumnos de las Escuelas.

La banda de música de este pueblo y multitud de personas terminaban el cortejo religioso que recorrió el trayecto acostumbrado.

A las 3 y media de la tarde dio principio el patriótico festival escolar. Al son de un paso-doble ocuparon los infantes sus asientos, y la tribuna levantada en medio de la alameda, las Autoridades civiles y eclesiásticas, Profesores y demás personas invitadas. Luego con la bandera nacional levantada en alto y todos en pie con las cabezas descubiertas, cantaron los escolares con acompañamiento de la banda de música, el himno á la benemérita enseña de la Madre Patria, dirigidas por D. Temístocles Díaz Fernández, ilustrado director de dicha banda.

Abrió la sesión el Sr. Alcalde don Vicente Massieu, quien en este día había tomado posesión de la Alcaldía, pronunciando un breve pero elocuente discurso que agradó mucho a la concurrencia, poniendo de manifiesto la importancia de la educación y que como primera autoridad del pueblo castigaría enérgicamente á los padres que no enviasen á sus hijos los rocíos de virtud y ciencia. Prosiguió el maestro Sr. Delgado Marrero, que, asimismo pronunció un bien meditado discurso sobre lo que es la enseñanza, y enalteciendo la importancia que implican los actos semejantes al que se realizaba, recomendados eficazmente por la Pedagogía, moderna. Siguióle la maestra Sra. Martín Medina que en breves frases hizo presentación de sus discípulas, continuando en el uso de la palabra los niños, Miguel Díaz Oramas, Antonio Díaz Bautista, Juan Toledo, Vicente y Miguel Fernández Oramas, Luis Rodríguez, Carmencita Martín Medina, Carmen Oramas Castro, Isabel Hernández Rodríguez, Susana y Antonia Fernández Oramas, América Yanes Hernández y Dolores Oramas Díaz, quienes recitaron hermosas poesías y bellos discursitos, siendo todos muy aplaudidos por el numeroso público que con toda atención les escuchaba.

Después dirigió la palabra el celoso é ilustrado Sr. Cura Párroco, nuestro querido amigo D. Lorenzo Rodríguez, dando á conocer lo nefando que es para los que constituirán el pueblo español de mañana la escuela laica y neutra. El Sr. Maestro de la Guancha, D. Agustín R. de León, leyó un bien escrito trabajo, donde reveló su amor á la enseñanza. Por último, el mencionado P. Notario, peroró sobre la importancia de la religión en la instrucción dedicándole honrosos párrafos á la bandera y á la Patria, siendo ovacionado.

A su conclusión, organizóse una manifestación patriótica dando vivas á España, y cantando el himno á la bandera, sirviéndose más tarde, en la casa-escuela de niñas un suculento refresco costeado por los padrinos.

Actos como los del día de año nuevo permanecerán imborrables en nosotros y merecen plácemes el organizador y sus cooperadores los señores Rodríguez González, Vble. Párroco, Díaz Fernández, Secretario del ayuntamiento Martín Medina y Profesora de la escuela nacional de niñas, por lo cual le felicitamos y que las autoridades superiores lo tengan en cuenta para estímulo de todos”.

Y lo firmaba El Corresponsal, en Rambla a 5-1-12.

------------

Descendientes de los infantes protagonistas seguirán poblando aquellos rincones. Por ello, y porque me apetece, vayan estas líneas, con todo mi afecto a quienes conocerán más de cerca a esos familiares de aquellas discípulas, a saber, Fidela Velázquez, Jesús Ezequiel Domínguez y Pedro Barreto. Hasta mañana.

domingo, 9 de enero de 2022

219. Los arrestos de doña Francisca (y 7)

El 13 de julio de 1910 vuelve a dirigir otro de sus extensos y documentados oficios al ayuntamiento de La Orotava en el que solicita la mejora de las condiciones higiénicas del edificio donde se halla instalada la escuela[1].

(…) Tengo la firme persuasión, Señor, de que U.S. y la digna Corporación que preside, rinden culto al deber, y acomodáis vuestros actos á los eternos principios de la justicia y de la moral. Fundada en esto, reclamo hoy vuestro auxilio contra todo lo que conspira contra la salud de mi escuela poniendo en peligro su existencia.

Enumera la existencia de un caballo semental en una cuadra anexa a la escuela y al dormitorio de la maestra, lo que producía fatales condiciones higiénicas en esos aposentos, invadidos constantemente por una atmósfera viciada por la fermentación del estiércol. Pero, solventado el problema, se dio el departamento para que lo habitasen varias familias. Aunque sin escusado, defecaban en la misma habitación, siendo insoportable la hediondez, especialmente durante la noche. Luego se depositaron ramas de árboles, que pueden entrar en descomposición.

Continúa relatando deficiencias. Las aguas sucias de la cocina, al no tener desagüe, se estancan en el jardín, único sitio de recreo de las niñas. Y cuando hay riñas de gallos, en atención á los forasteros, se le solicita que retenga las aguas en la cocina hasta que terminen. Falta higiene en el escusado, pues las materias fecales caen en un cuarto bajo donde se esparcen, rebosando, á veces, fuera del mismo é invadiendo sus miasmas toda la casa.

Tras reiterar que se corrijan estas deficiencias señaladas, lo que beneficiaría a muchos, concluye:

Obrar así es prevenir el mal que amenaza constantemente á la escuela y velar por la salud pública; es declararse protector de la niñez y de la ancianidad; es, en una palabra, ser campeón del derecho y no cómplice del crimen.

En la sesión del ayuntamiento (20 de julio del mismo año) se acuerda que los concejales D. Cándido Acosta y Rodríguez y D. José Monteverde y Lugo, que forman parte de la Junta local de primera enseñanza, inspeccionen el edificio. Los mismos emiten informe al respecto el 2 de agosto. En él se destaca:

1) Abrir un hoyo en el sitio que designe el perito D. Diego Álvarez, hasta encontrar la escoria volcánica vulgarmente llamada mina, para conducir á ella las inmundicias de la cocina y el escusado.

2) Arreglar el retrete ampliando sus dimensiones.

3) Construir un depósito para el agua.

4) Depositar las basuras en otro cuarto.

Y el ayuntamiento, en sesión de 4 de agosto de 1910, aprueba dicho informe.

-------------

Y cada vez que comento con alguien el contenido de un tocho de más de mil seiscientas páginas, siempre me espetan: ¿Y por qué no lo publicas? No contesto, pero me río un buen rato. Si yo utilizara la muletilla que se estila en un edificio de la Avenida de Canarias, respondería de buena gana: Estamos en ello. Lo malo es que no se me da el disimular.

Ahora nos quejamos por tener veinticinco alumnos en un aula con todo tipo de comodidades y adelantos. Ubicada en un edificio con varios cuartos de baño. Con metros más que suficientes y con mucho aire para respirar. Los tiempos cambian.

Bueno, estimados, seguiremos con otras boberías. Qué le vamos a hacer.



[1]  A.M.O.; Expediente incoado á petición de la Maestra de la Escuela pública de niñas del barrio de la Concepción…, Instrucción pública, Villa de la Orotava, 1910.

sábado, 8 de enero de 2022

218. Los arrestos de doña Francisca (6)

No menos extensa y detallada es la respuesta de la Comisión permanente de Hacienda (22 de marzo de 1905), al evacuar el informe que el Ayuntamiento le había solicitado el 23 de febrero próximo pasado. Insiste en la visita previa que realizaron a la casa de la calle del Castaño el alcalde accidental, D. Nicolás de Ponte, la propia maestra, su esposo, D. Francisco Torréns, el 2º Teniente de alcalde, D. Pedro L. Machado y el vecino D. Felipe González Estévez. Después de reconocerla, convinieron el traslado. La profesora manifestó que deseaba dejar la escuela de la calle de S. Juan por sus malas condiciones.

El oficio de Dª. Francisca, de fecha 4 de febrero, pero entregado en la alcaldía el día 15, es producto de un cambio de ideas, por lo que la Comisión lamenta tener que recordar la falta de armonía entre la funcionaria y las autoridades. La cubicación esgrimida por la maestra y las “exageraciones” de no caber las camas, es considerada como una tremenda falta de respeto y un intento de ridiculización a la representación del municipio.

El perito municipal, D. Diego Álvarez y Casanova, realiza detallado estudio de las medidas de la casa, para demostrar que sí caben seis camas sin necesidad de ubicarlas en la mesa del comedor y en la despensa. Pero no entiende la Comisión el porqué debe colocarlas, ya que los miembros actuales de la familia sólo son tres: el matrimonio y su hijo D. Juan Torréns y Pérez. Los otros dos hijos, aunque figuran en la hoja de empadronamiento, no residen en la Villa. Dª. Carmen[1], es maestra de la escuela pública de Fasnia, en cuyo pueblo debe residir; y D. Pedro, tercero de sus hijos, se halla ausente en América.

Tampoco entiende la Comisión que se considere como un foco de infección la hediondez de la zapatería ni que sus pestilentes miasmas corrompen el ambiente de toda la casa. Pero para que desaparezcan tan pueriles tensiones se ha comunicado al dueño del inmueble que avise al dueño del taller de zapatería para que la desocupe, con lo que podrá contar con una nueva dependencia de 45,18 m3.

A lo expuesto por la maestra respecto al R.D. de 5 de octubre de 1883, se le recuerda que no debió recurrir a su cita, porque una disposición más reciente[2] contiene idéntica disposición, pero aplicada a edificios construidos específicamente para casas escuelas y no para casas particulares alquiladas a tales fines.

Se alaba los altos conocimientos de la maestra en materia de higiene, pero se le consuela con que en la inmensa mayoría de los pueblos no puede atenderse a las medidas exigidas. Como ocurre en el 80 ó 90 por ciento de las casas particulares de la Villa.

Se le recuerda, por último, que el artículo 191 de la Ley de 9 de septiembre de 1857, dice que los maestros disfrutarán de casa decente y capaz para sí y su familia. Y como se ha demostrado que este edificio reúne las debidas condiciones, como las reunía la casa nº 15 de la calle de S. Juan, que tampoco quiso habitar la Sra. Pérez desde el año de 1898, no obstante haber resuelto la Superioridad que el Ayuntamiento no estaba obligado á facilitarle otra, estima no debe accederse a lo solicitado.

Y sentencia:

...de capacidad tan extraordinaria, que es de las mayores de la población, sirviendo no sólo para dar albergue á su familia y la de su hijo político, sino también para un Colegio de Educación de niños y niñas perfectamente montado, del cual es Director el esposo de la reclamante, D. Francisco Torréns y Cuevas.

Dª. Francisca se traslada a la escuela pública de niñas de la Concepción[3], pero no decae su espíritu reivindicativo y su peculiar manera de enfocar los problemas relacionados con la enseñanza. El 5 de mayo de 1909 se queja del mal estado del tejado, ya que casi no hay sitio interior que no se moje cuando llueve, lo que ha producido que se haya caído el cielo raso de uno de los cuartos.[4] La Junta, en sesión del 13 del mismo mes, acuerda que se componga dicho tejado.

(finalizamos mañana)



[1]  A la que se le envían varios oficios desde la Junta provincial, en los que se alude a cierto pliego de cargos (que no aparece), por supuesto abandono de destino (A.M.O., Instrucción Pública, expedientes varios (1903-1912).

[2]  Real Decreto de 26 de Septiembre de 1904.

[3]  El mismo día del fallecimiento de la anterior titular, Dª. Carolina Afonso y Villavicencio (4-mayo-1905), hecho luctuoso que la Junta local da cuenta al Rectorado, conforme a la disposición 1ª de la Real Orden de 19 de agosto de 1903, Dª. Francisca solicita el traslado desde San Juan. En la sesión de la Junta local celebrada el 5 de mayo se acuerda informar favorablemente dicho traslado, teniendo en cuenta las condiciones de asiduidad, celo é inteligencia de la Sra. Pérez, acreditadas en el buen éxito que han ofrecido diferentes exámenes generales de su escuela y especialmente el celebrado en el año último, y según Órdenes de la Dirección General de Instrucción pública de 18 de diciembre de 1867, 30 de julio de 1890 y disposición 5ª. de la Real Orden de 27 de agosto de 1889 y el artículo 26 del Real Decreto de 2 de septiembre de 1902 (A.M.O.; Instrucción Pública; Nombramientos, permutas, ceses..., 1905).

[4]  A.M.O., expediente sobre reparaciones de la…, Instrucción pública, expedientes varios (1908-1911)

viernes, 7 de enero de 2022

217. Los arrestos de doña Francisca (5)

En el acta de la sesión de 24 de noviembre de 1898 se estudia la solicitud de la Maestra de San Juan sobre traslación de dicha escuela á la casa nº 37 de la calle de la Hoya, por carecer de condiciones de habitabilidad la nº 15 de la calle de San Juan. Se acuerda pasar para practicar un reconocimiento en compañía del perito municipal.[1]

Hacía finales de año, Dª. Francisca traslada la casa escuela a la calle pretendida, que pertenece al barrio de la Concepción, con lo que la polémica sigue su curso. Debe intervenir la Junta provincial –la local ya se veía desbordada– que le ordena el traslado a la casa que ocupaba con anterioridad.[2]

Otro “curioso” expediente, relacionado con el quehacer de doña Francisca Pérez y Ríos, data del año de 1905[3]. Se inicia con un oficio, 4 de febrero de 1905, de la referida profesora al alcalde-presidente de la Junta local, para darle cuenta de que ha cumplido con el acuerdo del Ayuntamiento[4] de trasladar la escuela a la casa que se le indica (Calle del Castaño, número 31), pero no su casa habitación, en base a las siguientes circunstancias:

a) Al destinar el cuarto más amplio de la casa a salón de clase y otro, el que no tiene defensa contra la intemperie, a guardar el material de enseñanza, y descartar un tercero por brotar por una de sus paredes el agua que pasa por encima ó cae de lo alto, las demás piezas son insuficientes para su familia, pues ninguno de los tres cuartos que pueden destinarse á dormir contiene la cantidad de aire que un adulto necesita consumir por la respiración durante las ocho ó nueve horas dedicadas al descanso y al sueño. Pero tampoco las que un niño comprendido en edad escolar exige. Y, al igual que ya realizó en comunicaciones de años anteriores, ya citadas, recurre a una bien detallada documentación: El Decreto de 18 de Agosto de 1885, en su artículo 34, exige por hora de clase y por alumno 4 metros cúbicos de capacidad y con ventilación. Un adulto, en un cuarto cerrado, mientras duerme, necesita mucho más. M. Pecant, en su Curso de Higiene, llega á la conclusión de que es preciso suministrar al hombre 10 metros cúbicos de aire por hora, y M. Cruveilher, en su Higiene General, encuentra que el hombre necesita de 8 á 10 metros cúbicos por hora, ó 6 como mínimo. Como los tres cuartos que se podrían destinar a dormitorio tienen las capacidades de 30, 22 y 16 m3, calculando 9 horas para dormir, dan, para una persona, 3 1/3, 2 4/9 y 1 7/9.  Al tener que poner dos camas en cada habitación, concluye este primer considerando: Ni aun colocando sobre la mesa del comedor una cama, y en la despensa otra, nos faltaría todavía donde poner la sexta.

b) La hediondez de la zapatería que está debajo de la escuela y dormitorios, pues si no con el día, por poderse abrir las puertas y ventanas –cosa que no siempre es factible- de noche sería insoportable la estancia en esta casa.

Añade una tercera circunstancia citando lo que determina el artículo 14, disposición 5ª, del Real Decreto de 5 de Octubre de 1883:

c) En el caso de que las habitaciones de los Maestros hayan de quedar situadas en los mismos edificios de las escuelas, se les dará entrada independiente de modo que no tengan comunicación directa con éstas. Y en su caso concreto, las mezquinas habitaciones y los cuartos destinados á la Escuela, no sólo tienen común la entrada, el patio, la escalera que da paso á ambos departamentos, el pasadizo que conduce á la sala de clase, al común y habitaciones de la maestra, sino la misma letrina, en donde el esposo y los hijos de la exponente, por más cuidado que se tuviera para evitarlo, se encontrarían juntos con las niñas de la escuela, como sucedió repetidas veces en la casa que acabo de dejar.

Deben evitarse, continúa la maestra, todas estas monstruosidades, contravenciones de la ley, del decoro y de la moral, concediéndole una casa decente y capaz, que cumpla los requisitos exigidos, o bien el importe para pagar la que ahora habita. Si á esto se añade que los zapateros tienen la misma entrada que las niñas, y que, en el patio que estas tienen que atravesar para subir á la escuela, aquéllos disponen de un sitio para hacer sus necesidades corporales, comprenderá la Ilustre Corporación que ni aun para Escuela tiene este local las condiciones de decencia y decoro que las leyes y los principios de la sana moral determinan.

(continuamos mañana)



[1]  A.M.O., Libro de actas de la Junta local…, Legajo número 2 (1841-1899), Instrucción Pública, 1898.

[2]  A.M.O., Expediente relativo á la traslación de la escuela de niñas del barrio de San Juan á la casa que ocupaba en la calle de su nombre, Instrucción Pública, expedientes varios (1898-1903)

[3]  A.M.O.; Expediente sobre traslación de la escuela pública de niñas del barrio de S. Juan, y habitación de la Maestra, á la casa nº. 31 de la calle del Castaño, Instrucción pública, Ayuntamiento de la Orotava, año de 1905.

[4]  Sesión celebrada el 26 de enero; comunicado a la profesora el día 27.

jueves, 6 de enero de 2022

216. Los arrestos de doña Francisca (4)

A conclusiones análogas, aunque deducidas de una manera más minuciosa y científica, llega el doctor Chaumont, partiendo del dato de que las impurezas del aire respirable no deben pasar de 0,m.300[1] por 1000 al cabo de una hora, formulando la cubicación necesaria para cada alumno de este modo: para los alumnos de cuatro años, 5,500 metros cúbicos; para los de cinco, 6,120; para los de seis, 6,620; para los de siete, 7,400; para los de ocho, 8,140; para los de nueve, 8,820; para los de diez, 9,520; para los de once; 10,160; etc. De modo que á partir de la edad de siete años se puede aumentar (en números redondos) un metro cúbico por cada año hasta los trece, y dos, también por año, de esa edad en adelante: un adulto necesita una cubicación de 24,940 metros.

Sin embargo, atendiendo á los varios medios de ventilación de que las escuelas deben disponer, las opiniones más autorizadas y los reglamentos mejor entendidos varían entre los 3 y 8 metros cúbicos por alumno.

Las prescripciones que rigen en Francia sobre la materia fijan la altura del salón de clase en cuatro metros como mínimo, que dan una capacidad de cinco metros cúbicos para cada escolar. La ley belga prescribe que la altura de las clases sea de 4,m.50, que dan una cubicación de 5,625 para cada alumno; y muchos países del Norte de Europa señalan 6 y 7 metros cúbicos por plaza.

Aunque nuestra legislación es algo parca sobre la materia, algo dice sin embargo. El Reglamento de 26 de Noviembre de 1838 se expresa así en su artículo 3º: “En todos los pueblos se establecerá la escuela en lugar conveniente que no esté destinado á otro servicio público, en sala o pieza proporcionada al número de niños que haya de contener, con bastante luz, ventilación y defensa de la intemperie”. En el mismo sentido se expresa la Real orden de 1º de Enero de 1839, en su artículo 7º, el Decreto de 23 de Septiembre de 1847 en sus artículos 37 y 38, el Reglamento de 20 de Julio de 1859, el de 10 de Junio de 1868 en su artículo 127, la Comisión para ejecutar el Decreto-ley de 18 de Enero de 1869, que lleva el nombre del Sr. Ruiz Zorrilla, pues aconseja en la base 3ª que “la capacidad de la sala de escuela debe ser de 3 metros cúbicos á lo menos por niño”; la Circular redactada por el Patronato general de las escuelas de párvulos, creado en 1882 por el Sr. Alvareda que dice en su disposición 9ª: “La sala de trabajo deberá cubicar cinco metros por alumno”; el Decreto de 18 de Agosto de 1885 que, regulando el ejercicio de la livertad (sic) de enseñanza, impone á los establecimientos libres para poder ser asimilados á los de la enseñanza oficial, lo preceptuado en el artículo 34 que dice así: “Toda cátedra ó sala de estudio habrá de tener ventilación y capacidad suficiente, á razón de cuatro metros cúbicos por hora de clase para cada alumno que concurra á dicha cátedra".

Aunque algunas de estas disposiciones están derogadas, se halla vigente el Decreto de 5 de Octubre de 1883, refrendado por el Sr. Gamazo, que es el natural complemento y desarrollo de todas las disposiciones anteriores. Dice en su artículo 14, disposición 2ª.: “Las salas de escuelas no han de ser capaces para más de 60 alumnos cada una; tendrán la extensión superficial de 1,25 metros cuadrados por plaza, la altura del techo ha de ser tal que dé una capacidad de cinco metros cúbicos por alumno”.

La escuela que regento, en vez de las 60 niñas que pone como máximo esta real disposición, tiene 82; en vez de 1,25 metros cuadrados por plaza tiene 61,84 decímetros cuadrados (menos de la mitad de lo que establece el precepto legal), y en vez de disponer cada alumna de 5 metros cúbicos del ambiente del salón, solo tiene2m3,282[2], cubicación más baja que la que marca el higienista menos exigente y el estado que menos se preocupa de la Higiene escolar.

Tales son los motivos en que me he fundado para no admitir a muchas de las niñas que solicitaron en Agosto último la entrada en mi escuela, entre las cuales figura la hija de la denunciante Dª. Bárbara Pérez.

Es cuanto tengo que manifestar á V.S. sobre el particular.

Ignoro cuál pudo ser la reacción del alcalde tras la lectura del atento oficio. Pero quiero imaginármela. Lo cierto es que la Junta local se reúne el 28 de septiembre y acuerda remitir a la maestra (oficio de 7 de octubre, número 755), indicándole que dicho ingreso se aplace para el próximo trimestre o para cuando el número de alumnas que asistan por término medio lo permitan. Lo que se le comunica para que se sirva tenerlo presente y cumplirlo en primera oportunidad, inspirándose, como acostumbra, en los imponderables beneficios de la instrucción.

Y concluye: Lo que tengo el gusto de participar á V. para su inteligencia y efectos que se interesan.

(continuamos mañana)



[1]  Otra curiosa fórmula de señalar tres décimas.

[2]  Se continúa con la nomenclatura sui géneris.

miércoles, 5 de enero de 2022

215. Los arrestos de doña Francisca (3)

La maestra contesta al requerimiento en extenso y detalladísimo oficio[1], el 4 de septiembre del mismo año. Me permito la licencia de su transcripción literal, porque puede servirnos de pauta a la hora de calibrar la importancia del pulso establecido y del carácter de la profesora:

En contestación al atento oficio que me dirigió V.S. el 30 del pasado Agosto, debo manifestarle que las consideraciones que me han movido á no admitir en la Escuela que regento á la niña Ana Reyes y Pérez, ni á otras varias de las que han solicitado ingresar en mi escuela después de los exámenes de Julio, son de tres clases. Refiérense las primeras al orden pedagógico, las segundas al higiénico y las terceras al legal.

Atendiendo sólo á las condiciones pedagógicas de la enseñanza, aconseja Narjoux que el número de alumnos de una clase no debe exceder de veinte; pero esto es un ideal cuya realización creemos muy remota en nuestro país. En el mismo caso se encuentra, para nosotros, el máximo de veinticinco que aconseja el eminente publicista y pedagogo español D. Pedro de Alcántara García, y el de treinta y tres, propuesto por la Liga de Enseñanza belga para su Escuela Modelo. Hállase más cerca de la realidad M. Trélat, que parte del número de 40 alumnos; llégase en Francia á un máximo de cincuenta, y son varios los reglamentos de Suiza que señalan el número de sesenta, que es el legal entre nosotros. Esto no obstante, la Junta Local sabe que la que suscribe ha traspasado ese límite, pues presentó en los exámenes de Julio último 82 niñas matriculadas y 61 asistentes, por entender que la enseñanza, aun con ese número, podría darla en medianas condiciones. Me hacía el cargo de que lo que perdiera en intensidad lo ganaría en extensión.

Pero el moviliario (sic) escolar, el orden y la disciplina, el desarrollo físico é intelectual me imponen, en la admisión de alumnas, ciertas limitaciones que, traspasadas, faltarían tan esenciales condiciones de la enseñanza.

Si por una excesiva aglomeración las niñas estuvieran mejor ó peor acinadas (sic), más o menos incómodas, se molestarían constantemente las unas á las otras, no podrían recibir ni dar las lecciones, desfallecería su espíritu merced á un trabajo ingrato en demasía por las malas condiciones en que lo verifican, se resentirían sus cuerpos por la falta de actividad, y se quebrantaría su salud por el envenenamiento lento que les proporcionaría la atmósfera mefítica que respirasen en la clase.

Además, como no podría dar una buena enseñanza sino en virtud de mi intervención directa, y mis fuerzas también tienen su límite, si rebasara éste por admitir un crecido número de alumnas, al mismo tiempo que se agotarían mis energías, se haría extéril (sic) la enseñanza.

La Higiene marcha en esto de acuerdo con la Pedagogía. Si cada alumna ha de disponer en la clase de un espacio dado para que su salud no se menoscabe, dadas las dimenciones (sic) del salón de clase –única pieza en que pasan tres horas seguidas por mañana y tarde– se puede determinar el máximo de alumnas que á él pueden concurrir. M. Trélat aconseja que, siempre que se pueda, debe concederse á cada alumno 1,50 metros £[2]; en Suecia se señalan 1,52; en Suiza, 1,45; en Bélgica, 1,30 (la antigua ley no señalaba sino uno); en Francia y en España, 1,25 (últimas disposiciones); en Sajonia (Dresde) se baja hasta 70 decímetros £ por alumno.

La que suscribe tiene que acusarse de una falta en este punto: siendo el área del salón de clase de la escuela de mi cargo de 56,71m.£, un amor exagerado á la enseñanza de la niñez la llevó a admitir las 82 alumnas mencionadas, reduciendo así el área de cada uno á 69 decímetros £; que quitando al área total 6 m.£ para la mesa, sillón de la maestra y espacio circundante, le quedan tan sólo á cada niña 61,84 decímetros £ (menos de la mitad de lo que prescriben las disposiciones legales).

Si considero la altura y cubicación del salón de clase, mi falta aparece aun mayor, pues disminuyo de un modo notable el alimento respiratorio que debo ofrecer á mis alumnas, alimento que se altera muchas veces, porque, siendo insuficiente en cantidad, ni dispone esta escuela de excelentes medios de ventilación.

Todos los higienistas están de acuerdo en que la capacidad del salón de clase debe ser tal que cada alumno tenga, durante su permanencia en él, la cantidad de aire que deba consumir por la respiración.

La ciencia –dice M. Cruveilher en su “Higiene General”– demuestra que un hombre de mediana corpulencia, respirando 16 ó 17 veces por minuto, é introduciendo en cada inspiración en sus pulmones un tercio de litro próximamente, hace pasar por estos órganos de 7 á 8 m. cúbicos de aire en 24 horas; pero se incurriría en un grave error si se creyera que un hombre reducido á no recibir más que esta cantidad, continuaría viviendo sin sufrimiento. Los hechos demuestran que esta provisión no es bastante, y que un hombre tiene necesidad de 8 á 10 metros cúbicos, ó 6 como mínimo, por hora, pues que no basta encontrar el oxígeno necesario para su consumo, sino que necesita que este gas se halle convenientemente diluido. M. Pecaut, apoyándose en los datos del fisiólogo Kuss, dice  en su “Curso de Higiene” que para que la atmósfera permanezca pura, es decir, para que quede salubre, es preciso suministrar al hombre 10 metros cúbicos de aire por hora. Y M. Riant, en su “Higiene Escolar”, sienta la conclusión –que razona con datos irrecusables– de que el aire de una clase no conserva su pureza para los sentidos y su inocuidad, sino en tanto que se suministran de 10 á 15 metros cúbicos de aire puro por niño y por hora.

(continuamos mañana)



[1]  Registro de entrada número 441,

[2]  Curiosa manera de indicar la maestra que se trata de metros cuadrados.