miércoles, 2 de febrero de 2022

237. ¡A la escuela! (1)

Varios años después de la desaparición de El Instructor (1852-1856), surge El Auxiliar, periódico de instrucción primaria, dirigido en una de sus tres etapas, como ya aclaramos en anteriores entradas de este blog, por Juan de la Puerta Canseco, y puede definirse como pionero en su vocación de orientar, informar y contribuir a la formación de los maestros canarios, superando el aislamiento insular y la dispersión de los centros. Difundía asuntos de interés profesional (bibliografía de textos escolares, congresos y líneas del pensamiento pedagógico) y de carácter administrativo (vacantes, oposiciones, novedades legislativas, salarios, etc.), fomentando la difusión de ideas y el debate. Veía la luz los días 2, 12 y 22 de cada mes (decenal) y se maquetaba en la Imprenta de la viuda e hijos de don Vicente Bonnet.

Del ejemplar número 10 (año II), correspondiente al 2 de febrero de 1862 (solo 160 años atrás) nos ha parecido interesante reproducir dos pasajes de sus ocho páginas para que los estimados seguidores –que los hay, le pese a quien le pese– se puedan hacer una idea de cómo podría ser la escuela en aquella época en que la instrucción primaria se regía por la Ley de 9 de septiembre de 1857 (la denominada ley Moyano: Claudio Moyano y Samaniego, impulsada durante el Bienio Progresista por el Partido Moderado y que constituyó el fundamento del ordenamiento legislativo en el sistema educativo español durante más de cien años). Como ahora, vamos.

“Sección doctrinal. Importante es por muchos conceptos, y de trascendentales consecuencias para la Instrucción pública de esta Provincia, la circular inserta con el número 18 en el Boletín del 24 del mes último, cuya circular hemos trasladado llenos de satisfacción al lugar correspondiente de nuestro número de hoy. En ella, según verán nuestros lectores, el Sr. Gobernador civil, escitado por el deseo que le anima de dar á la enseñanza popular un desarrollo que esté en consonancia con las exigencias de la época que atravesamos, ordena de un modo preciso y terminante, se lleve á cabo por quien corresponda, y á la mayor brevedad posible, lo prevenido en los artículos 7º., 8º. y 9º. de la Ley de 9 de Setiembre de 1857. Mucha falta hacia que se adoptasen medidas enérgicas sobre este interesante particular, y mucho agradecemos también á nuestra autoridad superior y á la Junta provincial del ramo hayan fijado en él su atención, puesto que es el único medio de dar á la Instruccion de la niñez la amplitud necesaria para que surta los efectos apetecidos. Pocos son los pueblos de esta Provincia en donde no haya Escuelas primarias sostenidas por los municipios, siquiera sean incompletas en su mayor parte, y aun aquellos que carecen de tan útiles establecimientos procurando están con empeño su instalación, pues ya no se les esconden, por más que intereses mezquinos pongan a veces una tupida venda sobre sus ojos, que ha de proceder de ellos su bienestar futuro, el mejor porvenir á que puedan aspirar. Empero si todos reconocen las ventajas que la Instrucción reporta á la sociedad en general y á las familias y á los individuos en particular, sensible es que todavía haya padres de familia, desgraciadamente en considerable número, que dejándose dominar por un cálculo mal entendido, por vergonzosa apatia, ó por un punible abandono, descuiden el alimento intelectual de sus hijos, privándoles así quizás de alcanzar en el mundo una brillante posición desde la cual pudieran prestar inmensos servicios á su patria y conciudadanos. Toda censura es poca para tales padres: Dios, la naturaleza, el amor á sus familias les ha impuesto la sagrada obligación de velar incesantemente por aquellos que les deben el ser, y en vano intentarian faltar á ella de un modo absoluto sin que la conciencia se lo reprobase como el mas espantoso crimen. Y decimos de un modo absoluto, por que muchos padres creen cumplir la mision de tales con solo afanarse para proporcionar á sus hijos el diario sustento y un trage de mas ó menos abrigo, mas ó menos costoso y decente. Si á estos se propusiese el abandono de semejante obligacion, mirarian seguramente horrorizados al que tuviera la avilantez de aventurar tan inicua insinuacion.

Y sin embargo, aunque no debiera interesarles menos, ven con indiferencia crecer en la ignorancia y la estupidez, es decir, sin facilitarles la savia del alma, á las débiles plantas, tiernos pedazos de sus entrañas, que acaso son algunos desvelos por su parte, llegará un dia en que ademas de ostentarse árboles robustos y frondosos, enriquecieran al mundo con sus abundantes y sazonados frutos. ¡De cuántos males es causa tan lamentable error!

Repetidas veces nos hemos ocupado de este mismo asunto, y al estimular a los padres para que cumplan con la grandiosa, noble y santa misión que les está confiada, no nos ha guiado otra idea que la de cooperar con nuestras escasísimas fuerzas á la obra predilecta del siglo en que vivimos, á la regeneración social.

(finalizamos mañana)

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